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viernes, 19 abril, 2024
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Última oferta de Escondida contempla bonos por $18 millones y reajuste de 1,5% en salarios

Una última oferta presentó Minera Escondida a la Comisión Negociadora del Sindicato N°1 de Trabajadores de la compañía, en el marco del proceso de negociación colectiva reglada.
Dentro de las novedades que presenta esta nueva propuesta, la que será votada a partir del próximo sábado 28 de julio y hasta el 1 de agosto, está el aumento de bonos, el reajuste salarial, y una compensanción por el término del plan habitacional que favorecia a los trabajadores de la empresa.
Por lo tanto, la última propuesta de Escondida contempla el pago de un total de $18 millones líquidos por trabajador a pagar dentro de los 10 días posteriores a la firma del nuevo contrato colectivo, el que se desgloza de la siguiente manera:

  • Bono  de  Término  de  Negociación  (BTN):  $11.500.000  asociado  a extensión de beneficios, renovación de jornada excepcional por tres años, licitación de Isapre, actualización de prácticas operacionales e Incentivo de Resultados excepcionales (BRE).
  • Bono por la firma de contrato hasta el 5 de agosto: $2.000.000.
  • Bono Compensación por término de Plan Habitacional hasta el 5 de agosto: $1.500.000.
  • Préstamo sin intereses: $3.000.000.
  • Plazo Contrato Colectivo: 36 meses

Como habíamos mencionado anteriormente, también se incluye como novedad dentro de los pagos, una «Compensación por término de Plan Habitacional», la que considera la entrega de un bono de $1.500.000 líquidos por única vez, a todos los trabajadores, hayan recibido o no el beneficio, el cual se suma al BTN. Además, a quienes tienen vigente el préstamo se les condonará el 50% del plazo.
Por último, según explica la empresa, a quienes no han accedido aún a dicho beneficio, se les otorgará un préstamo de libre disposición que alcanza las 500 UF ($13.600.000. aprox.), condonables a los 7 años.
Esta propuesta de compensación de plan habitacional tiene vigencia hasta el 5 de agosto.
Además, se suma al reajuste  del IPC en  régimen  semestral  o  anual  según  el tipo  de beneficio -no incluido en el contrato colectivo actual desde diciembre del 2016 debido a la aplicación del artículo 369- se suma un incremento del sueldo base de 1,5%.

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