La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio con la formulación de dos cargos contra GyJ Inversiones Spa, titular del centro deportivo y recreacional Llacolén Club ubicado en la comuna de Antofagasta, por incumplimientos a la norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica. Cabe precisar que la infracción fue cometida en relación a la normativa del 2012, y no a la actualización del 2022 que entró en vigencia el año 2023.
La normativa del 2012 tiene como objetivo prevenir la contaminación lumínica de los cielos nocturnos de las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo, a fin de proteger la calidad astronómica de la zona. En razón de lo anterior, la norma estableció límites máximos de emisión de intensidad luminosa, de radiancia espectral y de iluminancia.
Por este caso, la SMA recibió dos denuncias ciudadanas por la existencia de luminarias de potencia excesiva. Esto motivó la realización de una actividad de inspección ambiental en las dependencias del club, donde se solicitó al titular el envío de los certificados de contaminación lumínica requeridos por la normativa, en relación a todas las luminarias exteriores del centro, así como también la ficha técnica de cada una de ellas, de acuerdo a su marca, modelo y potencia, además de un layout de la instalación con simbología que permitiera identificar la ubicación de las luminarias.
En este contexto, y luego de la revisión de los antecedentes remitidos por la empresa, se pudo constatar que ninguna de las fichas técnicas individualizadas permite identificar a qué luminarias corresponde cada una de ellas, impidiendo establecer una correspondencia entre los dispositivos instalados y las características técnicas declaradas. A esto se suma que no se pudo establecer cuáles luminarias cuentan con las certificaciones exigidas en la ley.
Este cargo fue clasificado como leve
El segundo cargo -también clasificado como leve- fue imputado debido a que se pudo constatar que las luminarias instaladas se encuentran orientadas hacia el hemisferio superior, sin contar con paralumen o visera, de forma tal que su emisión de intensidad luminosa excedería los niveles permitidos.
La jefa regional de la SMA en Antofagasta, Javiera de la Cerda, explicó que “a partir de las actividades de fiscalización pudimos constatar que la información entregada por el titular no permite verificar el cumplimiento de esta normativa clave para la protección de los cielos de la región”.
Luego de la notificación, el titular cuenta con un plazo total para la presentación de un programa de cumplimiento de 15 días hábiles y de 22 días hábiles para presentar sus descargos.
Revisa este caso en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/4401












