La Corte de Apelaciones de Antofagasta confirmó ese lunes 18 de agosto- la resolución del Juzgado de Garantía de Calama que rechazó la solicitud del Ministerio Público de decretar la medida cautelar de prisión preventiva de dos imputados por el delito de homicidio por omisión, tras la muerte de la hija de dos años de ambos en un accidente en un taller mecánico, el pasado 13 de agosto, en la ciudad de Calama.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada- integrada por los ministros Virginia Soublette Miranda, Juan Opazo Lagos y Jaime Rojas Mundaca- rechazó la apelación presentada por el Ministerio Público y confirmó lo resuelto por el juez de Garantía que rechazó decretar la medida cautelar.
“Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo los argumentos del juez a quo, considerando que los hechos de la formalización centran la responsabilidad en la negligencia más que en incumplimiento de un deber específico, no apreciando del relato la existencia de dolo por parte de los padres de la niña fallecida, no incurre en error el juez al rechazar la prisión preventiva, desde que a la luz de la calificación considerada por el juez a quo, la cautelar privativa aparece evidentemente desproporcionada”, señala el fallo del tribunal de alzada.
Según los hechos descritos en la audiencia de formalización de la investigación, los imputados -padres de la víctima de dos años- el pasado 13 de agosto, cerca de las 19 horas, en su domicilio particular y mientras desarrollaban labores en un taller mecánico que operaba el padre de la víctima, al proceder a sacar un motor de un vehículo con una herramienta denominada tecle, éste cedió y cayó sobre la hija de ambos imputados, provocando su fallecimiento en el lugar de los hechos.