Alejandra Santos Santos fue condenada a la pena de presiduo perpetuo calificado después de que el Tribunal de Juicio Oral en los Penal (TOP) de Antofagasta la hallara culpable del delito de parricidio.
El tribunal dio por acreditado, en fallo unánime, que la mujer mató a su hija de apenas 3 años y 6 meses en marzo del año pasado, después de propinarle múltiples golpes en la cabeza. La menor además presentaba otras lesiones graves.
Por todo ello, también fue sentenciada las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos por el tiempo de la vida de la penada y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el término de 10 años si procediera.
Maltrato físico reiterado
“A las 03:10 horas del 28 de marzo de 2024, en el Hospital Regional de Antofagasta, se constató la muerte de L.M.A.S., de 3 años y 6 meses de edad, hija de la acusada, quien había ingresado al servicio de urgencias de dicho hospital a las 02:40 con un paro cardiorrespiratorio, por lo que se le realizó trabajo de reanimación durante media hora, sin resultado. La muerte de niña fue consecuencia de un traumatismo craneoencefálico derivado de múltiples golpes que su madre, la acusada, quien detentaba su cuidado, le infligió en la cabeza en horas no determinadas del 27 de marzo de 2024, en el domicilio en que ambas habitaban, ubicado en campamento Unión del Norte, de la ciudad”, dice el fallo del TOP, integrado por los magistrados Patricia Alvarado Padilla (presidenta), María Isabel Rojas Medar y Alejandro González (redactor).
Asimismo, consigna que “(…) la víctima se hallaba en estado de desnutrición y presentaba otras lesiones graves –que no constituyen la causa inmediata del deceso–, ocasionadas por la encartada en los días previos, consistentes en quemadura tipo AB extensa en flanco izquierdo, presumiblemente por derramamiento de agua caliente, y fractura de tibia y peroné en tercio medio de la pierna izquierda, provocada por un golpe fuerte con algún objeto contundente. Pese a la severidad de estas lesiones, ninguna fue tratada, por cuanto la encausada no trasladó a la niña a ningún centro asistencial”.
“Del examen del cuerpo de la víctima en la respectiva autopsia permitió constatar múltiples lesiones contusas y escoriaciones de distinta data, causadas por la condenada, las que se alojaban en tronco, extremidades inferiores y especialmente en la región cefálica, además de cicatrices derivadas de lesiones más antiguas en rostro y espalda, junto con alopecia por tracción en diversas zonas del cuero cabelludo, todos signos físicos derivados de maltrato físico reiterado y sistemático ejercido por la condenada”, añade.