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martes, 13 mayo, 2025
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Caso Democracia Viva

Participación en el delito y conocimiento expreso de los convenios: Los argumentos del tribunal en formalización de Catalina Pérez

Tras ser desaforada, el Ministerio Público comunicó el inicio de una investigación formal en contra de la diputada por el caso Democracia Viva. El Tribunal de Garantía de Antofagasta decretó arresto domiciliario total y arraigo para la legisladora durante los 45 días que dure la indagatoria. En su resolución, el juzgado consideró desproporcionada la solicitud de prisión preventiva, pero aseguró que se expusieron antecedentes que justifican la existencia del delito, que Pérez tendría participación en calidad de autora y que los mensajes de WhatsApp develan una actitud cuestionable de la imputada, en cuanto a querer ocultar el hecho de que el domicilio que se fija en su oportunidad para la fundación era falso.

Las cautelares de arresto domiciliario total y arraigo en contra de Catalina Pérez dejaron satisfechos tanto al Ministerio Público como a la defensa de la parlamentaria en el caso Democracia Viva. Para el abogado de la diputada, el rechazo de la solicitud de prisión preventiva ayuda a insistir en la absoluta inocencia de su representada, mientras que, para la fiscalía, la aplicación de la segunda cautelar más gravosa da por acreditada, en esta etapa procesal, la participación de Pérez en tres delitos de fraude al fisco en calidad de autora. Para decretar la medida, el Tribunal de Garantía argumentó que existen antecedentes que dan cuenta del ilícito, que la diputada tuvo participación en ellos y que tuvo expreso conocimiento de los convenios por 426 millones de pesos que la fundación de su expareja firmó para realizar obras en campamentos de Antofagasta.

La parlamentaria, quien fuera uno de los nombres más fuertes de Revolución Democrática (actual Frente Amplio), permanece suspendida de sus labores legislativas tras ser desaforada a principios de abril. Ahora permanecerá bajo arresto domiciliario durante los 45 días que dure la investigación en su contra.

La cautelar fue dictada ayer por el Tribunal de Garantía en una audiencia que se extendió por casi siete horas. Luego de escuchar a las partes, la juez Claudia Campusano sostuvo que tal como lo hizo presente el Ministerio Público al momento de ser desaforada, tanto en la Corte de Apelaciones como en la excelentísima Corte Suprema, se ha entendido que existen antecedentes que, por una parte, justifican la existencia de tres delitos de fraude al fisco.

También decretó que existen antecedentes que permiten presumir fundadamente que la imputada tuvo participación como autora en los delitos o como cómplice, como lo señala el Consejo de Defensa del Estado.

“Esta juez estima que sí, se han dado a conocer en esta audiencia antecedentes que permiten presumir aquello. Especialmente por la conducta desempeñada con posterioridad al conocimiento de los hechos. Hago presente que el Ministerio Público ha dado a conocer conversaciones de WhatsApp que develan una actitud bastante cuestionable de la imputada, en cuanto a querer ocultar el hecho de que el domicilio que se fija en su oportunidad para la fundación era un domicilio falso, del cual estaba en conocimiento y que da instrucciones y estaba dispuesta a falsear mucha información, como poner logos en la puerta, que se hable con un conserje, etcétera”, apuntó Campusano.

De aquello, agregó, se puede deducir que hay una intención de ocultar otras actitudes pretéritas que, “por mucho que la defensa diga que los hechos se situaron con antelación aquello, lo cierto es que precisamente deducir significa que de hechos conocidos se puedan establecer hechos desconocidos, lo que es un ejercicio lógico y mental permitido dentro del ordenamiento jurídico”.

La juez expuso que es posible presumir que cuando los convenios se celebran, lo que se tuvo en cuenta fue precisamente la relación de amistad y de perspectiva política que la unía con quien estaba visando el documento y en favor de quien en ese momento era su pareja. Por lo tanto, dijo que “aquí había intereses particulares que la hacen parte del delito. En este caso era Democracia Viva la que iba a ser beneficiada con los fondos y con ello el señor Andrade. Por lo tanto, esos hechos no pueden ser ignorados por el tribunal. Al firmar don Carlos Contreras estos convenios con el señor Andrade, tomando en consideración para aquello la amistad que tenía con la imputada y los intereses políticos comunes, se estaba defraudando al fisco”.

El tribunal también recordó que los convenios no se cumplieron en la forma debida y con ello se perjudicó a un sector de la población más vulnerable, atentando contra el patrimonio fiscal, la probidad administrativa y la fe pública. Esto, ya que, según lo detallada por la fiscalía, Democracia Viva no cumplía con ningún requisito para hacerse cargo de obras de habitabilidad primaria en campamentos, subrayando que se trataba de una fundación para posicionamiento político.

“Sin perjuicio de ellos, tomando en consideración las alegaciones de la defensa, en cuanto a que tiene que haber una armonía en la gravedad de las medidas cautelares impuestas, tomando en consideración a las que han sido sometidos la mayoría de los coimputados, esta juez estima que con aquellas dispuestos en el artículo 155 letra a, que también ha sido estipuladas para garantizar tanto el éxito de las diligencias investigativas como la seguridad de la sociedad, basta para aquello”, complementó al momento de rechazar la prisión preventiva y decretar el arraigo y el arresto domiciliario total.

NO HAY EVIDENCIA SUFICIENTE PARA UNA CONDENA

El defensor de la diputada, Gonzalo Medina, declaró que “estamos satisfechos porque el tribunal rechazó la prisión preventiva. Nosotros seguimos sosteniendo la inocencia de Catalina Pérez en los hechos, como desde el comienzo y seguiremos con ello. Creemos que no están las evidencias suficientes para llegar a una condena respecto de Catalina Pérez. Ella ha colaborado con la investigación en el proceso que sigue, continuará colaborando como lo ha hecho desde un comienzo”.

El abogado señaló que se trata de una investigación extensa y que para él está prácticamente agotada, por lo que no cree que resten muchas diligencias pendientes.

Sobre los chats de Pérez por el manejo del caso una vez que se difundieron los convenios, Medina expresó que “son hechos que pueden ser motivo de una crítica política, de una crítica comunicacional, pero sostenemos que no son hechos que sean constitutivos de un delito y no son antecedentes suficientes para afirmar una participación punible en delitos de fraude al fisco”.

El abogado enfatizó que está convencido de que los argumentos de la fiscalía son meramente especulaciones, que no hay antecedentes concretos de que ella participara activamente en la comisión de delitos de fraude al fisco. “Ella desde el comienzo, desde la primera declaración en fiscalía y en prensa, dijo que tenía algunas nociones de que estos convenios existían, pero nunca tuvo detalles sobre qué trataban y qué es lo que se estaba realizando. En eso ha sido coherente desde el inicio de una investigación y lo seguimos sosteniendo hasta hoy”, aseguró Medina.

PARTICIPACIÓN REAL EN LOS HECHOS

El abogado querellante, Pablo Toloza, también quedó conforme con el resultado de la audiencia. “Tal como se ha sostenido desde un inicio, en esta etapa procesal quedó establecido la comisión de tres delitos reiterados de fraude al fisco, como también la participación de Catalina Pérez. En eso fue la juez bastante clara, en el sentido de decir que había una participación real de Catalina Pérez en estos hechos”, remarcó. Y aquello fue confirmado en la medida cautelar, la que, a su parecer, fue de arresto domiciliario total solo por un tema de equidad respecto de los otros coautores, quienes se encuentran actualmente con la misma medida.

SE CONFIRMÓ LO SOLICITADO EN EL DESAFUERO

El fiscal regional, Juan Castro Bekios, manifestó que lo relevante de la audiencia es lo que se desprende de la resolución del Tribunal de Garantía, que confirmó lo que la fiscalía sostiene desde el momento en que solicitó el respectivo desafuero de la diputada, tanto cuando fue conocido y concedido de manera unánime por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, así como también cuando dicha resolución fue confirmada, también de manera unánime por la Corte Suprema.

“Es relevante respecto de la solicitud que hace el Ministerio Público, que el tribunal tuvo por acreditado la existencia de los tres delitos de fraude al fisco. En segundo lugar, el tribunal también tuvo por acreditada la participación que el Ministerio Público atribuyó a la imputada, en este caso doña Catalina Pérez, esto es autoría conforme al artículo 15 número 3 del Código Penal. Además, el tribunal estimó que la libertad de la diputada constituía un peligro para la seguridad de la sociedad y, añadió, que también lo era para la investigación. Desde esa perspectiva en caso alguno puede verse la resolución, que, si bien no acoge la prisión preventiva, como un fracaso”, valoró el jefe del Ministerio Público en la región.

Sin embargo, Castro Bekios dijo que están evaluando la posibilidad de apelar a la resolución de Garantía, ya que, sin perjuicio de lo dicho anteriormente, entiende que si la diputada es un peligro para la seguridad de la sociedad como lo considera el tribunal, hay una parte en la que no se satisficieron todas las pretensiones del Ministerio Público y por eso evalúan la interposición de un recurso en los próximos días.

POSICIONAMIENTO POLÍTICO

El fiscal de la causa, Cristian Aguilar, precisó que lo que plantean respecto al rol de la diputada es que existió un acuerdo entre ella con Carlos Contreras y Daniel Andrade para que fuera favorecida la fundación Democracia Viva con tratos fiscales del Programa Asentamientos Precarios, con tres convenios por la suma de 426 millones de pesos.

“Las maniobras de ocultamiento desplegadas por la diputada Catalina Pérez y el imputado Daniel Andrade se relacionan con conversaciones por WhatsApp en las que aquella le indica a Andrade que deben realizar actos para aparentar que ese inmueble correspondía al domicilio de la fundación, de modo que cuando los medios de comunicación asistieran a aquel, se diera de cuenta que correspondía a la fundación Democracia Viva, cuando eso no era efectivo. Para estos fines había que pegar stickers, conversar con el conserje y con la persona que era dueña del inmueble para indicar que la respuesta debían darse en la línea que acordaron la diputada con el imputado Andrade”, indicó el fiscal.

En ese contexto, detalló que el concierto de los imputados era para otorgar estos estratos fiscales en favor de la fundación Democracia Viva y perjudicar al fisco con la finalidad de obtener más que un beneficio pecuniario: posicionar a la fundación desde un punto de vista político.

“(Pérez) tenía un rol activo de dirección en todo lo que decía relación con la forma en que se debía actuar para efectos de ocultar la comisión del delito y consecuencialmente, un rol que la vinculaba en la dirección, por decirlo de alguna forma, y para estos efectos debe tenerse en cuenta solamente que Carlos Contreras fue asesor y jefe de gabinete de la misma diputada y Andrade era la pareja de Pérez Salinas y era además a quien consultaban previamente para los efectos de tomar decisiones, propuestas de trabajo y otras situaciones que hacen un pensar, y así lo transmitió la fiscalía en la audiencia, que justamente ella se encontraba en la instancia decisoria para los efectos de la comisión de los hechos materia de investigación”, aseguró el fiscal Aguilar.

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