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lunes, 2 febrero, 2026
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Ruidos molestos: McDonald’s de Cerro Paranal deberá instalar encierro acústico para generador

El local tiene 15 días hábiles para cumplir con la medida impuesta por la Superintendencia del Medio Ambiente, tras constatar superaciones a la norma de ruido.

El McDonald’s de Cerro Paranal en Antofagasta deberá instalar un encierro acústico para el generador diésel que abastece de electricidad al establecimiento en un plazo de 15 días hábiles. 

La medida fue ordenada por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) luego de constatar superaciones a los límites máximos establecidos en la Norma de Emisión de Ruidos. 

En este contexto, el organismo ordenó la detención del funcionamiento del equipo generador diésel por 15 días o hasta la instalación del encierro acústico, el cual, indicó la SMA, «deberá considerar al menos las 3 caras laterales que enfrentan a los receptores más cercanos, además de la parte superior, teniendo en cuenta mantener un control de ventilación adecuado para este tipo de equipos. El encierro deberá ser utilizado de manera permanente, durante todo el periodo que se requiera operar el generador diésel». 

23 denuncias

Estas medidas se originaron tras 23 denuncias presentadas por vecinos del sector desde fines de noviembre de 2025, quienes reportaron ruidos molestos provenientes de la construcción del establecimiento y con posterioridad, por el funcionamiento del equipo generador diésel que opera durante todo el horario de atención de público, esto es, desde las 09:00 hasta las 22:00 horas, de lunes a domingo. 

En respuesta a estas denuncias, fiscalizadores de la SMA realizaron una inspección ambiental en el lugar, constatando una superación de 27 decibeles por sobre el límite máximo establecido para el sector de emplazamiento del restaurante, límite que corresponde a 45 decibeles, para una Zona II en horario nocturno. 

Al respecto, el jefe (S) de la Oficina Regional de la SMA en Antofagasta, Andrés Farías, destacó que “con estas medidas buscamos proteger la salud de los vecinos del sector, quienes actualmente están expuestos a la contaminación acústica generada por este establecimiento, considerando que hemos constatado la superación de la norma de emisión de ruidos en el lugar”.

Junto con lo anterior, la SMA requirió información al titular para que, en un plazo no mayor a 20 días hábiles contados desde el término de la vigencia de las medidas ordenadas, haga entrega de un informe de inspección sobre su correcta implementación, que también considere la medición de los ruidos emitidos por el establecimiento. 

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