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domingo, 11 enero, 2026
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Lapidario fallo

Tribunal declara ilegal revocación de millonaria licitación del Hospital Regional de Antofagasta y abre paso a indemnizaciones

El Tribunal de Contratación Pública acogió la impugnación presentada por la empresa Alatheia SpA y calificó como ilegal y arbitraria la decisión del hospital de anular una licitación por más de $343 millones destinada a exámenes de VPH y citología en base líquida.

Un duro revés judicial sufrió el Hospital Regional de Antofagasta luego que el Tribunal de Contratación Pública declarara ilegal y arbitraria la revocación de una licitación pública ya adjudicada, vinculada a la provisión de test reportados para Virus Papiloma Humano (VPH) y citología en base líquida, con entrega de equipos en comodato.

El fallo, dictado el pasado 10 de diciembre de 2025, acogió la acción de impugnación presentada por la empresa Alatheia SpA, la cual había resultado adjudicada en febrero de 2024 por un monto total de $343.974.655 IVA incluido, luego de que la única oferta competidora —Roche Chile Ltda.— fuera declarada inadmisible.

Licitación adjudicada, pero nunca firmada

Según se expone en la sentencia, la licitación fue aprobada en diciembre de 2023 con un marco presupuestario de $430 millones, respaldado además por un Certificado de Disponibilidad Presupuestaria emitido por el propio hospital. Las bases establecían un plazo de 40 días corridos para la firma del contrato una vez publicada la adjudicación en Mercado Público, lo que ocurrió el 22 de febrero de 2024.

Sin embargo, pese a reiteradas gestiones de la empresa adjudicataria, el contrato nunca fue enviado para su suscripción. Meses después, en mayo de 2024, el Hospital Regional de Antofagasta informó que revocaría la licitación argumentando falta de presupuesto y un supuesto desalineamiento con las estrategias ministeriales de salud, optando —según la demandante— por avanzar mediante trato directo con otro proveedor.

Falta de fundamentos y contradicción con las propias bases

El Tribunal fue categórico al señalar que, si bien la autoridad hospitalaria tenía la facultad legal para revocar una licitación, la resolución que dejó sin efecto el proceso no cumplió con los estándares de fundamentación exigidos por la ley.

Entre los puntos más críticos del fallo, se establece que:

  • Las razones invocadas para revocar la licitación no fueron planteadas oportunamente durante el proceso.
  • La decisión contradice las propias bases administrativas, que permitían al hospital ajustar la compra según sus necesidades sin superar el marco presupuestario.
  • El hospital argumentó desconocer lineamientos ministeriales que existían desde enero de 2024, pese a que el proceso continuó normalmente hasta su adjudicación.
  • La resolución revocatoria careció de razonabilidad, proporcionalidad y congruencia jurídica.

Se abre la puerta a demandas indemnizatorias

Si bien el Tribunal no ordenó retrotraer la licitación ni obligó al hospital a firmar el contrato, sí reconoció expresamente el derecho de Alatheia SpA a demandar indemnizaciones civiles y perseguir eventuales responsabilidades administrativas derivadas del actuar del establecimiento.

En ese sentido, el fallo deja abierta una nueva arista judicial que podría tener consecuencias económicas relevantes para el hospital y el Servicio de Salud, además de cuestionar la forma en que se gestionó un proceso clave para la continuidad de exámenes preventivos asociados al cáncer cérvico uterino en la región.

La sentencia no condenó en costas al hospital, atendida su calidad de organismo público con privilegio de pobreza.

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