18.6 C
Antofagasta
miércoles, 2 septiembre, 2026
spot_img
Tribunales

Corte de Antofagasta condena a Hospital de Calama y al Servicio de Salud por muerte de paciente durante parto

Tribunal de alzada revocó una sentencia del Tercer Juzgado Civil de Calama y ordenó pagar un total de $380 millones por daño moral a familiares de una mujer que falleció tras sufrir complicaciones vinculadas a la administración de anestesia durante su trabajo de parto.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó al Hospital Dr. Carlos Cisternas de Calama y al Servicio de Salud Antofagasta a pagar, de manera conjunta, $380 millones por concepto de daño moral a los familiares de una paciente que falleció luego de sufrir graves complicaciones durante su trabajo de parto.

En un fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada revocó la sentencia dictada en junio de 2025 por el Tercer Juzgado Civil de Calama, que había acogido una excepción de cosa juzgada y rechazado la demanda presentada por la familia.

De acuerdo con la resolución, la atención entregada a la paciente no se ajustó a los estándares médicos correspondientes. La Corte consideró diversos antecedentes e informes periciales, entre ellos un peritaje médico legal elaborado en el marco de una investigación de la Fiscalía de Calama.

Según consigna el fallo, el análisis médico concluyó que, aunque durante la atención pudieron existir otros factores, como infecciones intrahospitalarias y un eventual diagnóstico errado de COVID-19, el origen del daño en una paciente que previamente se encontraba sana estuvo directamente relacionado con un evento anestésico ocurrido durante el trabajo de parto.

El peritaje estableció además una falta a la lex artis —es decir, a las normas y procedimientos que deben guiar una adecuada atención médica— por parte del equipo de anestesia de maternidad del Hospital de Calama.

En particular, se cuestionó la administración de una dosis de analgesia epidural que evolucionó a una anestesia espinal total. Según el informe citado por la Corte, el procedimiento fue realizado por personal TENS que no estaba entrenado en anestesia ni en reanimación cardiopulmonar, situación que desencadenó el evento que derivó posteriormente en el fallecimiento de la paciente.

Indemnización de $380 millones

La Corte rechazó la excepción de cosa juzgada presentada por el Hospital Dr. Carlos Cisternas de Calama y acogió la demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio.

De esta forma, ordenó al hospital y al Servicio de Salud Antofagasta pagar las siguientes indemnizaciones por daño moral:

  • $200 millones al cónyuge de la víctima.
  • $100 millones al hijo de la paciente.
  • $40 millones a cada una de sus dos sobrinas.

En total, las instituciones deberán pagar $380 millones, monto que además deberá incrementarse con intereses desde la notificación de la sentencia hasta que se concrete el pago efectivo.

COMPARTE ESTA NOTICIA

- publicidad -spot_img
- publicidad -spot_img
- publicidad -spot_img
- publicidad -spot_img
- publicidad -spot_img
- publicidad -spot_img
- publicidad -spot_img
- publicidad -spot_img
close-link