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sábado, 27 abril, 2024
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Caso Convenios

Corte de Antofagasta mantiene arresto domiciliario total para concejala Paz Fuica

Tribunal de alzada rechazó el recurso de protección con el que el Ministerio Público buscaba dejar sin efecto la resolución del Juzgado de Garantía, la cual permitió a la edil salir de prisión preventiva la semana pasada.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta mantuvo el arresto domiciliario total y arraigo nacional para la concejala Paz Fuica (suspendida de RD), imputada por delitos de fraude al fisco en el Caso Democracia Viva, luego de revisar durante esta mañana el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público.

Con esta acción la Fiscalía buscaba dejar sin efecto la decisión del Juzgado de Garantía, que el pasado 4 de marzo dejó a la edil con cautelares menos gravosas tras considerar que era desproporcionado que siguiera en prisión preventiva, toda vez que el exseremi Carlos Conteras y representante legal de la fundación, Daniel Andrade -los firmantes de los convenios investigados- habían dejado la cárcel de Antofagasta una semana antes.

Sin embargo, en fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Virginia Soublette Miranda, Juan Opazo Lagos y el abogado (i) Fernando Orellana Torres– rechazó los recursos de apelación presentados por el Ministerio Público y la defensa de la imputada, en contra de la resolución, dictada por el Juzgado de Garantía de Antofagasta, que dejó sin efecto la prisión preventiva que cumplía Fuica, por considerar que dicha medida resulta desproporcionada.

“(…) considerando que la imputada no tiene condenas previas y que prestó declaración permitiendo acceso a medios de comunicación privados, y más allá de que lo alegue o no la defensa, permiten vislumbrar dos eventuales atenuantes, lo que sumado al hecho que siendo la participación imputada accesoria a la de aquellos que ya se encuentran en libertad, la medida que pesaba sobre la misma pasa a ser desproporcionada, lo que justifica la decisión del juez a quo, compartiendo también esta Corte que atendida la gravedad del hecho y las características del mismo se justifica la cautelar decretada por el Tribunal de Garantía”, sostiene el fallo.

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