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viernes, 19 abril, 2024
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Corte de Apelaciones declara admisible recurso de protección que el ex asesor jurídico del alcalde presentó contra el municipio de Antofagasta

Felipe Ascensio fue removido de su cargo de confianza en diciembre del año pasado, desvinculación que reclama como arbitraria, ilegal y sin fundamento. Además, el escrito recoge que el abogado vivió “una serie de actos vejatorios cometidos por el señor alcalde a través de videos que tomaba sin mi consentimiento cada vez que debía realizar alguna actividad en terreno, para luego mofarse a través de la aplicación WhatsApp ante todo el equipo”.

El ex director de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Antofagasta, Felipe Ascencio, presentó un recurso de protección para dejar sin efecto el decreto alcaldicio dictado el 30 de diciembre del 2021, documento que lo desvinculó de sus funciones en el edificio consistorial. Luego de cinco meses de trabajo, uno de los cargos de mayor confianza de la jefatura comunal recurrió a la Corte de Apelaciones explicando que la determinación fue arbitraria e ilegal. Incluso, en el escrito presentado en el tribunal de alzada, el abogado aseguró vivir “una serie de actos vejatorios cometidos por el señor alcalde a través de videos que tomaba sin mi consentimiento cada vez que debía realizar alguna actividad en terreno, para luego mofarse a través de la aplicación WhatsApp ante todo el equipo”.

El recurso contra la municipalidad ingresó el martes a la Corte de Apelaciones de Antofagasta y ayer fue declarado admisible, con un plazo de 15 días hábiles para que ésta acompañe todos los antecedentes justificativos de sus alegaciones.

En la acción judicial, Ascencio relató que es un abogado con 15 años de trayectoria, conocido localmente por dedicarse a la academia y que suspendió sus estudios de doctorado tras el llamado de alcalde Jonathan Velásquez, para integrar en julio del año pasado su equipo de confianza como director de Asesoría Jurídica, al no estar vinculado a ningún sector político.

Pero el 23 de noviembre, según la versión del exdirector jurídico en el escrito, fue citado a una reunión con el alcalde, instancia en la que Velásquez no participó y en su representación, la directora de Desarrollo Comunitario “ante todo el equipo del alcalde acomete en contra mí de la manera más soez y humillante posible, que no vale la pena describir en la presente acción constitucional. A ello cabe agregar una serie de actos vejatorios cometidos por el señor alcalde a través de videos que tomaba sin mi consentimiento cada vez que debía realizar alguna actividad en terreno, para luego mofarse a través de la aplicación WhatsApp ante todo el equipo. Cuestión que ha demostrado el alcalde en su comportamiento vulneratorio en otros hechos conocidos en la plaza y que hoy se ventilan en la jurisdicción laboral”.

Tres días después de este hecho, el abogado asistió a otra reunión, esta vez con la administradora municipal, quien le comunica que Velásquez pidió su renuncia “sin esgrimir ningún tipo de razón”. Pero éste respondió que aquello era una prerrogativa exclusiva del alcalde, por lo que debía solicitarla personalmente, junto con manifestar sus razones. El 29 de diciembre, el abogado se reúne con el jefe comunal, quien solicitó su renuncia. Esa misma jornada, el alcalde envió un correo electrónico requiriendo que presentara su renuncia a más tardar a las 12 horas del día siguiente, sin embargo, Ascencio se negó a cumplir con la solicitud por “ausencia total de razones, lo que deja de manifiesto la desviación de poder”.

El ex académico de la UCN manifestó en la acción constitucional que no se ha registrado ningún cambio de administración que justifique la pérdida de confianza, recordando que ingresó al cargo con Velásquez y que por ello “es aún más importante la motivación que debe tener el acto administrativo”.

El recurso afirmó que el decreto alcaldicio ni siquiera cumple con las formalidades básicas, como incluir “los considerandos” que precisamente indicarían las razones que llevan a la pérdida de confianza.

Además, el abogado señaló que para justificar su arbitrariedad, el alcalde vulneró su honor al ordenar una redacción tal del decreto, que “esboza la idea que indebidamente me he apropiado de dineros municipales, todo cual no tiene asidero y tampoco otorga el tiempo necesario para la pertinente rendición de cuentas, incluso respecto de una licencia médica del mes de diciembre recién pasado, la que debe pasar a la Mutual de Seguridad, dado que dicha licencia es de carácter psiquiátrica, como consecuencia de los vejámenes a los que ha sido expuesto mi representado con el actuar caprichoso y vulnerador del señor alcalde y de su directora de Desarrollo Comunitario”.

Decreto

La acción judicial se refiere al decreto alcaldicio N°2178/2021 que declara vacante la jefatura de la Dirección de Asesoría Jurídica a partir del 1 de enero del 2022, ya que, solicitada la presentación renuncia por parte del titular mediante correo electrónico, éste se negó y según la jurisprudencia de la Contraloría General de la República, se trata de un cargo de exclusiva confianza del alcalde, que “no goza de estabilidad en el empleo por encontrarse sujeto a libre designación y remoción de la autoridad”.

El documento también deja constancia de la deuda que indicó Ascencio en el recurso, por un monto total de $4.205.660, que corresponderían a remuneraciones por una licencia médica rechazada y dos rendiciones que se encontrarían pendientes.

Timeline.cl contactó a la Municipalidad de Antofagasta para conocer su postura frente la presentación del recurso de protección, pero por el momento no entregarán declaraciones sobre el caso.

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