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lunes, 9 diciembre, 2024
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«Estamos por un trabajo de mesa serio»: Asistentes de la Educación se desmarcan del paro de profesores de Antofagasta

El sindicato también asegura que han recibido "injerencias indebidas hacia nuestro sector" para sumarse al paro de los profesores municipalizados.

En Antofagasta son cerca de 30 los establecimientos municipalizados que están sin clases tras el paro de profesores en demanda de mejoras estructurales en los establecimientos, y otras medidas de tipo sanitaria. Escenario que podría extenderse luego que -según consigna El Mercurio de Antofagasta– los docentes votaran a favor de un paro indefinido. Opción que es duramente criticada por parte del Sindicato de Asistentes de la Educación de CMDS.

Estos últimos, en una declaración con fecha 20 de abril señalaron que «hoy no estamos por una paralización indefinida, sino por un trabajo acelerado, que permita solucionar parte de esta problemática y los casos más urgentes, por que seamos sinceros, claros y transparente, que los problemas estructurales de la educación municipalizada que no han sido posible de solucionar en 40 años, difícil e ingenuamente podemos pensar en que puedan ser solucionados inmediatamente, y teniendo en consideración además, el actual calendario de traspaso».

El Sindicato de Asistentes de la Educación de CMDS, si bien reconocen que el inicio del año escolar no ha estado exento de complicaciones y deficiencias en su puesta en marcha, aseguran que el paro convocado por los docentes no tiene una orgánica clara y que «los petitorios transversales, encontramos preminencia (sic) en peticiones ajenas a nuestro sector». 

Además, dijeron que «presentaremos nuestras aprensiones a los demás gremios por las presiones e injerencias indebidas hacia nuestro sector a una paralización indefinida de funciones sin meditar cual o cuales pueden ser las consecuencias en ello y lo que es mas incierto cuales serían las condiciones o compromisos futuros que permitan retornar a la actividad laboral».

Revisa a continuación la declaración completa.

Comunicado

Antofagasta 20 de abril de 2022

 

A nuestros asociados Asistentes de la Educación de CMDS, Antofagasta, queremos informar:

 

1.-Tal y como fuera expuesto en comunicado anterior, estamos conscientes que el inicio del año escolar, no ha estado exento de complicaciones y deficiencias en su puesta en marcha.

 

2.- Pero no es menos cierto, que este sindicato viene trabajado ya desde mucho tiempo antes, con una debida organización, agenda y planificación, cuando es posible, estás y otras temáticas. Así por ejemplo, nuestra organización sindical que ha trabajado seriamente en los temas contractuales, laborales y sociales, lo cual ha permitido a esta organización sindical ser pionera en beneficios tan importantes para nuestros asociados como la carrera funcionaria, que permite especialmente a quienes han entregado una vida laboral a la educación, tener sueldos verdaderamente dignos, los reajustes anuales de las remuneraciones, siendo una de las pocas organizaciones sindicales que percibe 2 reajustes anuales, el del sector público y el de nuestro contrato colectivo, las permanentes capacitaciones a nuestros socios, fuimos la primera organización de la comuna en lograr capacitación técnico profesional para los asociados, el sistema bienestar que apoya a quienes están pasando los momentos más difíciles ya sea por existencia de enfermedades graves o catastróficas , pasajes aéreos para el socio y acompañante en caso de enfermedades catastróficas, retiro por años de servicios con 15 años de indemnización, retiros voluntarios con pago de 60% de años de indemnización, y tantos otros contenidos en nuestro instrumento colectivo.

 

3.- Cuando comenzó la pandemia, siempre nos preocupamos de la protección de nuestros trabajadores, manteniendo a TODOS nuestros asociados del grupo de riesgo resguardados en sus domicilios y percibiendo remuneración integra, gran parte del resto de trabajadores realizaron teletrabajo, y a quienes les correspondió realizar funciones presenciales, lo realizaron en un sistema de turnos. Del mismo modo, cuando se aceleraba la presencialidad por el Mineduc y por ello por CMDS, tan pronto cono se pública y entra en vigencia la ley 21.342, confeccionamos un formulario de postulación e instamos y orientamos a nuestros asociados a presentar esta solicitud, que permitió a un número importante de trabajadores seguir en resguardo en sus domicilio hasta finalizado el año 2021, trabajamos en una mesa los caso rechazados etc.

4.- Existen en efecto hoy, una serie de inquietudes que deben ser resueltas en lo inmediato, en el mediano y largo plazo. Temas de infraestructura, de mantención, de higiene y seguridad en general, de salud mental o de mitigación de los efectos de la pandemia en la comunidad escolar. Es por ello que estamos por un trabajo de mesa serio, más que por una paralización indefinida convocada sin una orgánica clara y en la que los petitorios transversales, encontramos preminencia en peticiones ajenas a nuestro sector. Queremos ser claros y enfáticos en señalar que todas las organizaciones sindicales o de trabajadores son autónomas en tomar las decisiones que estimen más conveniente a los intereses de sus asociados, sean estas realizar petitorios, realizar manifestaciones varias o inclusive paralizar sus funciones.

 

Por lo mismo, presentaremos nuestras aprensiones a los demás gremios por las presiones e injerencias indebidas hacia nuestro sector a una paralización indefinida de funciones sin meditar cual o cuales pueden ser las consecuencias en ello y lo que es mas incierto cuales serían las condiciones o compromisos futuros que permitan retornar a la actividad laboral. Esto no es menor, porque siendo nuestros asociados regidos actualmente por el código del trabajo, no podemos tomar sin una reflexión adecuada la decisión de paralizar funciones que puedan traer aparejadas sanciones como descuento de remuneraciones y/o despidos sin indemnización de años de servicios por alguna de las causales contenidas en el artículo 160 del Código del Trabajo.

 

5.- Lamentablemente estas son en Chile las reglas del juego, en el que el concepto de Huelga Legal, queda reducido única y exclusivamente a los procesos de negociación colectiva reglada, teniendo un reconocimiento legal restringido en comparación a los standares contenidos en una concepción amplia del principio de libertad sindical, consagrado en una serie de tratados internacionales nacidos al alero de la OIT. Debido a esta visión limitada del derecho de huelga, más allá de la discusión doctrinal o jurisprudencial al respecto, lo cierto es que en Chile los únicos trabajadores que no pueden ser despedidos por realizar una paralización de funciones o huelga, son los trabajadores que la realizan en el marco de un proceso de negociación colectiva reglada y por haberse aprobada está ante ministró de fe en votación y la de dirigentes sindicales que se encuentran revestido de fuero. Por lo anteriormente expuesto, es que todo otro tipo de paralización permanente puede correr suerte diferente, como han existido casos emblemáticos de despidos en la región.

 

6.- dicho lo anterior, y sin perjuicio que algunas de las peticiones denominadas “transversales” puedan ser pertinentes, hoy en día tenemos desafíos aún mayores, sobre todos LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN, ya que se viene el traspaso a los SLEP y con ello el cambio de estatuto jurídico de los trabajadores de nuestro sector, he ahí hoy nuestra mayor preocupación ya que pensamos si es conveniente o no desgastarse mayormente en un movimiento que busque compromisos por parte de un sostenedor que de no mediar nada distinto, en tan sólo 11 meses, ya no será nuestro empleador, y que por tanto no tendrá injerencia en muchas de las peticiones que hoy se le realizan y sólo mantendrá responsabilidad en el proceso de traspaso de personal, de inmuebles y de las obligaciones de remuneraciones, cotizaciones y otras del personal que exceda la planta máxima.

 

7.- Hoy nuestra atención, nuestro interés, nuestra mirada y preocupación están en ello, razón por la cual estamos realizando y desde mucho tiempo antes todas las gestiones que puedan estar a nuestro alcance para poder retrasar este proceso de traspaso, ya que la implementación de los SLEP que ya se encuentran en funcionamiento ha sido deficiente, existiendo una serie de problemas, entre ellos despido de trabajadores y desconocimiento de derechos adquiridos. Sabemos que lograr el aplazamiento del traspaso no es un tema fácil, ni que dependa de nosotros y por eso las gestiones se han estado elevando a las más altas esferas de la autoridad nacional, estamos en una cuenta regresiva y cada día que pasa es un día menos de probabilidad que este conteo se detenga. Por otra parte, como hasta ahora el traspaso sigue firme para marzo de 2023, es que estamos avocados al 100% en cuestiones que dicen relación con la adecuada protección de los derechos de los trabajadores, y esta preocupación no es antojadiza, por que nosotros como ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN debemos velar que los derechos contenidos en nuestros contratos colectivos se traspase adecuadamente a nuestros contratos individuales, lo anterior de conformidad a lo que señala el artículo transitorio No 3 de la ley 21.109 que dispone:

“Sin perjuicio de lo señalado en el artículo 3 de la presente ley, los asistentes de la educación que sean traspasados a un servicio local no perderán sus derechos adquiridos y tendrán derecho a conservar las cláusulas del instrumento colectivo al que se encuentren afectos, según lo dispuesto en el artículo 325 del Código del Trabajo.

Con el objeto de cumplir con lo dispuesto en el inciso primero, las corporaciones municipales deberán remitir al Ministerio de Educación los instrumentos colectivos que se encontraren vigentes con una anticipación de, al menos, seis meses antes de la entrada en funcionamiento del servicio local al cual deban traspasar el servicio educacional.”

Ahora bien, que dispone el artículo 325 del Código del Trabajo;

“Art. 325. Ultraactividad de un instrumento colectivo. Extinguido el instrumento colectivo, sus cláusulas subsistirán como integrantes de los contratos individuales de los respectivos trabajadores afectos, salvo las que se refieren a la reajustabilidad pactada tanto de las remuneraciones como de los demás beneficios convenidos en dinero, los incrementos reales pactados, así como los derechos y obligaciones que sólo pueden ejercerse o cumplirse colectivamente y los pactos sobre condiciones especiales de trabajo.”

Esta norma, un tanto ambigua es la que da mayores problemas de interpretación, para determinar que beneficio deben traspasarse y cuales deben excluirse. Razón por la cual, no ahora, no improvisando, sino desde ya mucho tiempo antes, hemos estado trabajado en aquello, recordar que ya el año 2018 se presentó la primera demanda judicial que buscaba que la carrera funcionaria, la jornada de 42 horas y los 40 minutos de colación fueran traspasado a sus contratos individuales, y hoy nos encontramos en pleno proceso de suscripción de los anexos de contratos. Del mismo modo nos encontramos trabajando en la actualización de los contratos de trabajos de socios que fueron contratados originalmente en una función y que hoy y desde muchos años realizan una función distinta.

 

8.- En consecuencia, al día de hoy, no existe, ningún llamado a paralización de funciones de nuestro sector, y respecto de las denominadas demandas transversales que se han presentado a CMDS por los otros gremios, esta es nuestra postura respecto a estas peticiones:

– Respecto de los temas de infraestructura, en la mesa de educación instaurada hace un par de semanas, se informó que lo que dice relación a obras menores y de mantención, se está realizando levantamiento por parte del departamento del área, de cuales serían aquellas y cuales pueden ser subsanadas en lo inmediato mediante contratación directa, lo que permite que el trámite sea más rápido y expedito, por lo que en este punto, nos corresponde realizar las observaciones pertinentes y exigir lo comprometido en la jornada del día 11 de abril en el municipio esto es las visitas técnicas y la realización de estas obras.

– En cuanto a las obras mayores se nos entregó un listado de proyectos en distintas etapas de desarrollo, por lo que solicitaremos mayor detalle de cada proyecto, y creemos que los esfuerzos deben estar destinados a dar una tramitación más acelerada y también que la autoridad de CMDS y Municipal, puedan realizar las gestiones pertinentes para agilizar los proyectos que se encuentran en revisión o evaluación en el nivel central, que permita un pronto inicio en la ejecución de los trabajos, o la licitación de los proyectos, ya que este es un punto crítico donde existiendo una cartera de proyectos que aliviarían parte importante de los problemas de infraestructura de aquellos establecimientos que son más urgentes, y que por trabas burocráticas de nivel central o de inacción en cuanto al seguimiento de los profesionales de CMDS se encuentran durmiendo o avanzando muy lentamente.

– En los casos en que los problemas de infraestructura se encuentre en tal nivel de deterioro que represente un razonable peligro para la salud de los estudiantes y trabajadores, por el peligro de derrumbe u otro, como el caso de la escuela D-65, en estos casos, justificamos una paralización de funciones, debiendo invocar los trabajadores para estos efectos lo dispuesto en el artículo 184 bis del Código de Trabajo que dispone:

“Con todo, el trabajador tendrá derecho a interrumpir sus labores y, de ser necesario, abandonar el lugar de trabajo cuando considere, por motivos razonables, que continuar con ellas implica un riesgo grave e inminente para su vida o salud. El trabajador que interrumpa sus labores deberá dar cuenta de ese hecho al empleador dentro del más breve plazo, el que deberá informar de la suspensión de las mismas a la Inspección del Trabajo respectiva.

Los trabajadores no podrán sufrir perjuicio o menoscabo alguno derivado de la adopción de las medidas señaladas en este artículo, y podrán siempre ejercer la acción contenida en el Párrafo 6° del Capítulo II del Título I del Libro V del Código del Trabajo.”

En cuanto a la falta de personal auxiliar y su desgaste físico por una sobre carga de funciones, es algo que venimos abordando desde el año pasado, y este tema tenemos 3 situaciones que afectan principalmente:

– La existencia de personal que fue contratado como auxiliar de servicio y hoy cumple otra función por haber así sido destinado por el(la) director (a), pero que sin embargo no ha sido informado a CMDS y por tanto a ellos aún les figura como auxiliares. Es este punto, hemos realizado un levantamiento en todos los establecimiento y le hemos entregado la información a CMDS para actualizar estos contratos y actualizar la planilla de auxiliares con los que efectivamente cumplen esta función.

  • –  La existencia de otro número de auxiliares que se

    encuentra con licencia médica o con problemas de salud para cumplir adecuadamente sus funciones, en este punto nos encontramos realizando un trabajo que permita el pronto reemplazo temporal del trabajador con licencia. Además, la posibilidad de adelantar cupos de retiro del próximo año respecto de los casos mas complejos de salud.

  • –  El aumento significativo del trabajo de los auxiliares debido a los protocolos sanitarios, y lo que no es proporcional a la contratación de personal, ya que el trabajo ha aumentado y no así el personal, es que hemos propuesto como petición el necesario aumento de personal auxiliar, en un porcentaje de al menos un 30%, lo que implica el aumento ideal a un número de 100 auxiliares. Este punto, no puede ser financiado por CMDS, por lo que la propuesta es que pueda ser financiado con una transferencia municipal extraordinaria, lo cual será presentada formalmente por CMDS al Concejo Municipal prontamente.
  • –  En cuanto a la exigencia de contrato indefinido de manera inmediata, es una exigencia de los demás gremios, ya que todos nuestros asociados tienen contrato indefinido.
  • –  En cuanto a las horas de titularidad de delegados y dirigentes, esto dice relación con quienes están regidos por el estatuto docente, por lo que no es una demanda de nuestro sector.
  • –  En cuanto al reintegro de la docente, por haber sido testigo en juicio de dirigente sindical de otro gremio, sin perjuicio que condenamos estos actos de represalias no nos corresponde como sector paralizar por este hecho, y entendemos es que ello debe ser solicitado judicialmente en un procedimiento de tutela laboral por afectación a la garantía de indemnidad.
  • –  En cuanto a la negativa de recibir a los dirigentes, es del caso señalar, que no se refiere a los dirigentes de este sindicato, ya que cuando solicitamos reunirnos con el sr. Alcalde en el marco de negociación colectiva, si tuvimos esa oportunidad, aunque no hemos solicitados nuevas reuniones, porque entendemos que nuestro empleador es CMDS y no el sr. Alcalde, sin perjuicio de su participación en el directorio.
  • –  Ejecutar mesa de trabajo resolutiva con la participación de todos los sectores, en este punto que nos parece muy importante, la mesa ya se encuentra instalada, es deber ahora de todos los actores buscar formulas de diálogo, que permitan un trabajo fructífero que de soluciones a problemáticas comunes.
  • –  Garantizar que no habrá represalias, ni rebaja de cargas horarias u otras sanciones. En este punto, hemos solicitado que no exista ningún tipo de descuento respecto del día que se llamó a todos nuestros asociados a paralizar como lo fue el día jueves 8 de abril de 2022, del mismo modo en aquellos establecimientos que haciendo uso del artículo 184 bis, por existir motivos razonables, también exigiremos lo mismo, y en este punto, nuestra principal defensa ha sido precisamente no adherir hasta ahora a alguna movilización da carácter indefinida, considerado que es lo prudente en este momento.
  • –  Negociar colectivamente con los socios regidos por el estatuto docente, sin perjuicio de no ser una materia de la competencia de este directorio, no podemos dejar de dar nuestra impresión del grave error jurídico de contener este punto en un petitorio dirigido a un Corporación Municipal, ya que simplemente hoy en Chile la negociación colectiva para funcionarios públicos y docentes entre otros esta vedada y resultaría ilegal. Aunque entendemos que una aplicación amplia de la Libertad Sindical exige que todo tipo de trabajador pueda negociar, lo cierto, es que este tipo de solicitudes debieron elevarse primeramente a la Convención Constituyente y en caso de ser así consagrado, en el futuro debería modificarse el código del trabajo y otros cuerpos legales para recién poder exigir la posibilidad de negociar colectivamente a quien hoy la constitución y las leyes no se les permite.

    – En cuanto a la exigencia de condiciones de salubridad, estamos trabajando durante toda la pandemia en ello y por eso como les consta hemos realizado diversas consultas para el levantamiento de esta información en cada establecimiento.

  • –  En cuanto al personal PIE y la falta de profesionales, hemos planteado el tema, existiendo hoy postulantes a estas funciones, pero que deben pasar el proceso de evaluación psicológica correspondiente, lo cual efectivamente se ha transformado en un cuello de botella dado el alto grado de postulaciones que no superan esta etapa, en reunión de la semana pasada se nos informó que habían 57 profesionales postulando, de los cuales 10 ya pasaron esta etapa y están en proceso de contratación, respecto de los 47 restantes todos los que superen la evaluación psicológica serán contratados inmediatamente. Esta es una problemática que debe seguir abordándose para aumentar paulatinamente la contratación de personal y determinar en que establecimientos hoy son insuficientes.
  • –  En cuanto a la instauración de protocolos en caso de riesgos asociados a manifestaciones, balaceras, riñas etc, lo cierto que es necesario revisar, modificar y difundir estos protocolos.
  • –  Además, es necesario coordinar una mesa en materia de seguridad que involucre a la gobernación y las policías.
  • –  Además, dentro de los fondos que existen por contrato colectivo en materia de capacitación, se esta evaluando destinar parte de ellos a capacitar en estas materias.

    Es por todos estos motivos antes expuestos, que hoy no estamos por una paralización indefinida, sino por un trabajo acelerado, que permita solucionar parte de esta problemática y los casos más urgentes, por que seamos sinceros, claros y transparente, que los problemas estructurales de la educación municipalizada que no han sido posible de solucionar en 40 años, difícil e ingenuamente podemos pensar en que puedan ser solucionados inmediatamente, y teniendo en consideración además, el actual calendario de traspaso.

    Por ello llamamos a nuestros asociados a respetar la orgánica de nuestra organización, ya que hoy nuestra bandera de lucha está en el traspaso del sector a los SLEP en lograr su aplazamiento y mantener los beneficios laborales y contractuales legítimamente ganado por cada uno de los asistentes de la educación a lo largo de estos años.

Entendemos que puedan existir socios que se sientan representados por las acciones de otros gremios, siendo uno de los pilares del principio de libertad sindical la libre afiliación y desafiliación a la organización sindical.

Nuestro sindicato ha logrado lo que ha logrado con trabajo, esfuerzo dedicación y unidad de todos nuestros asociados, y que cierto también hemos marchado, también hemos paralizado y votado la huelga legal, cuando lo hemos hecho, los hemos realizado sin presionar a otros gremios para lograr nuestras metas, cuando las condiciones así lo ameritan, pero creemos, que hoy es el momento de preocuparnos del futuro de los asistentes de la Educación en el nuevo sistema SLEP, lo que no se haga hoy, serán los lamentos del mañana.

 

Atte

SINDICATO DE ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN CMDS ANTOFAGASTA.

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