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jueves, 25 abril, 2024
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Complejo escenario para exalcaldesa

Fiscal advierte que tiempo en prisión de Karen Rojo en Países Bajos no se abonará para cumplir una menor condena en Chile

A pesar de que la Corte de Rotterdam, en el Reino de los Países Bajos, resolvió a favor la petición de extraditar a la exalcaldesa, todavía queda un largo camino para su retorno a territorio nacional. Una solicitud de asilo político, algo que la defensa ya había adelantado, podría dilatar más el proceso. El fiscal Cristian Aguilar sostuvo que ante la falta de tratados internacionales con ese país, el tiempo en prisión no servirá para rebajar la condena en Chile y “debiera cumplir en forma total y completa la pena privativa de libertad que impuso el Tribunal Oral en lo Penal, cinco años y un día de cárcel efectiva”.

Aunque la Corte de Rotterdam (Reino de los Países Bajos) resolvió a favor la solicitud de extradición de Karen Rojo, todavía quedan instancias que podrían retrasar su retorno a Antofagasta. La exalcaldesa huyó del país el 23 de marzo del 2022, la misma mañana en que la Corte Suprema confirmó su condena efectiva de cinco años y un día de cárcel por el delito de fraude al fisco. El proceso de extradición comenzó en julio del año pasado, cuando Rojo fue detenida en ese país y ahora su defensa puede apelar al fallo que decretó su entrega judicial a Chile y también, iniciar una solicitud de asilo lo que, según el Ministerio Público, podría dilatar más el regreso de la exjefa comunal a la región. Además, la institución aseguró que ante la falta de tratados internacionales con Países Bajos, el tiempo que la condenada lleva recluida en Europa no servirá para abonar el cumplimiento de la sentencia en Chile.

El fiscal jefe de Antofagasta y persecutor de la causa, Cristian Aguilar, explicó que luego de la sentencia de la Corte de Rotterdam procede la extradición de la química farmacéutica, proceso que fue requerido por el Ministerio Público tras la fuga de la condenada y que fue aprobado por el Juzgado de Garantía y la Corte de Apelaciones de Antofagasta, petición enviada a Europa por la Cancillería del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Aguilar dijo que, en primera instancia, el tribunal resolvió que Karen Rojo debe retornar al país una vez que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. El periodo para que esto se concrete es variable, agregó, ya que existe un recurso de apelación a la Corte Suprema de Países Bajos y desconoce si en los 15 días disponibles la defensa ejercerá esta acción.

“El plazo de resolución, una vez que sea presentado el recurso de apelación a la Corte Suprema de Países Bajos es variable, no podemos anticiparlo por ahora y esa información debiéramos consultarla al Ministerio de Justicia holandés en su oportunidad. Si la sentencia de extradición se encuentra firma y ejecutoriada, debe ser puesta a disposición de los tribunales, el fallo fue dictado por el Tribunal Oral en lo Penal de Antofagasta, de modo que el cumplimiento de la sentencia corresponde en nuestra ciudad en el Centro Penitenciario Femenino de Antofagasta”, afirmó el fiscal.

El año pasado la defensa de Rojo había adelantado que también recurrirían a una solicitud de asilo político, situación a la que Aguilar no pudo referirse porque no ha recibido antecedentes oficiales que confirmen aquello. “Ahora si nosotros viéramos que esa información es afirmativa, es una vía administrativa que se ventila de forma paralela a la tramitación judicial de la extradición. Una vez que está firme la extradición por parte de Países Bajos no debe quedar pendiente ninguna tramitación administrativa o de cualquier otra naturaleza para que Karen Rojo regrese al país. Eso significa que, si hay una solicitud de asilo, podría dilatar la entrega de Karen Rojo a nuestro país”, advirtió.

Sobre el tiempo que esto podría tardar, Aguilar insistió que es un aspecto que desconoce porque no tiene información oficial de que efectivamente se presentara dicha una solicitud, “no nos podemos pronunciar sobre el particular”, remarcó. En ese contexto, el persecutor destacó que a su juicio es importante resaltar que luego de una solicitud de extradición, autorizada por los tribunales nacionales y visada por la Cancillería, ésta ha sido concedida por el tribunal de Países Bajos una vez que Karen Rojo fue ubicada y detenida.

“NO HAY TRATADO BILATERAL”

Ante la interrogante de si la exalcaldesa pudiera abonar el tiempo que ha pasado recluida en Países Bajos a su condena en Chile, el fiscal jefe afirmó que no se cuentan con tratados bilaterales que lo establezcan, “de modo que debiera cumplir en forma total y completa la pena privativa de libertad que impuso el Tribunal Oral en lo Penal, cinco años y un día de cárcel efectiva”.

De esta forma, Karen Rojo al retornar al país, una vez que sea declarada firme la sentencia que dispone su extradición, debiera ingresar a cumplir la pena completa en el Centro Penitenciario Femenino de Antofagasta. Sin embargo, la imputación del periodo de cárcel en el extranjero a la sanción en Chile puede ser argumentada por la defensa de Rojo y frente a ello, “como fiscalía, si hay alguna petición sobre ese punto, nos vamos a oponer por las razones que acabo de indicar”, expuso Aguilar.

“QUEDA BASTANTE CAMINO POR RECORRER”

Luis Varela Ventura, profesor de Derecho Penal y director del Departamento de Derecho de la Universidad de Antofagasta (UA), profundizó que la ley de extradición del Reino de los Países Bajos no establece plazo para el procedimiento de extradición. La norma, dijo el académico, apunta solamente a que tendrá que procederse en el plazo más breve. “De modo tal que estaremos entregados a los clásicos factores que determinan la duración de un juicio, esto es, la complejidad del caso, la prueba a analizar y la carga de trabajo del tribunal. Con todo, se debe hacer presente que esto recién comienza, luego de este fallo del tribunal vendrá una etapa de impugnación y en la ley holandesa además la decisión final es elevada al Ministro de Justicia. En definitiva, queda bastante camino por recorrer aún”, manifestó.

Si la apelación de la defensa se concreta todavía quedaría una instancia más para Rojo, precisó Varela. Esto, porque el sistema holandés es mixto, es decir, que luego de las decisiones jurisdiccionales de los tribunales de justicia, la decisión final es elevada al Poder Ejecutivo, en concreto al Ministro de Justicia que decide administrativamente. “Es difícil aventurar tiempos, pero me parece que no antes de la primera mitad de este presente año”, apuntó.

El director del Departamento de Derecho de la UA detalló que el proceso de asilo es una cuestión que corre por una cuerda completamente separada del proceso judicial, señalando que es un tema encargado a las autoridades administrativas con competencia en materia de extranjería y que se rige por reglas de Derecho Europeo (acuerdos de Dublín) y la ley local holandesa. La extradición por su parte es un juicio frente a los tribunales y que se rige por el Derecho internacional para hacer efectivo el mecanismo de cooperación judicial internacional penal de imputados o condenados en terceros países. “Por supuesto que la señora Rojo puede solicitar cuando lo desee el asilo, pero esto dependerá de lo que decida la autoridad de extranjería y siempre es algo revocable”, recordó.

Además, Varela expresó que en el Derecho comparado existen tres grandes sistemas para decidir las extradiciones y uno de ellos es el modelo jurisdiccional en el que la decisión es tomada exclusivamente por los tribunales de justicia. Luego existe el modelo administrativo, en que la decisión pertenece al Poder Ejecutivo y por lo mismo es una decisión política administrativa. “Y finalmente el modelo mixto, que es el caso del Reino de los Países Bajos, en que participan ambos poderes, el judicial conoce y falla en principio, pero la decisión final siempre pende de la decisión del Poder Ejecutivo, en este caso del Ministerio de Justicia”, finalizó.

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