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domingo, 19 abril, 2026
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Tribunales

Municipio deberá indemnizar a adulta mayor por caída en acera en mal estado en Antofagasta

El hecho ocurrió en abril de 2024 en Avenida Balmaceda, frente al Hotel Antofagasta, y el tribunal estableció responsabilidad de la municipalidad por no adoptar medidas de mantención ni advertencia, ordenando pagos por perjuicios económicos y daño moral.

El Segundo Juzgado de Letras de Antofagasta acogió una demanda de indemnización de perjuicios en contra del municipio, al establecer su responsabilidad tras el accidente de una adulta mayor en la vía pública, consignó Diario Constitucional.

De acuerdo con los antecedentes, el hecho ocurrió la tarde del 29 de abril de 2024, cuando la mujer, de 68 años, transitaba por la acera de Avenida Balmaceda, a la altura del Hotel Antofagasta. En ese punto tropezó con un desnivel significativo en el pavimento que no contaba con señalización ni advertencias de peligro.

A raíz de la caída, la afectada resultó con diversas lesiones, entre ellas una fractura dental, daño en otras piezas y una fractura de muñeca izquierda de carácter severo, que comprometió el cúbito y el radio.

Tras el accidente, fue trasladada a distintos recintos asistenciales, incluyendo la Clínica La Portada, el SAR Coviefi y el Hospital Regional de Antofagasta, donde permaneció hospitalizada durante 11 días. En ese periodo fue sometida a una cirugía de osteosíntesis de radio.

En su análisis, el tribunal concluyó que existió una falta de servicio, es decir, que la entidad comunal no cumplió con su deber de mantener y advertir adecuadamente sobre riesgos en el lugar.

Para acreditar la responsabilidad, se valoraron pruebas documentales y testimoniales, incluyendo fotografías del lugar que evidenciaban el deterioro de la acera, además de informes médicos y psicológicos que dieron cuenta tanto de las lesiones físicas como del impacto emocional sufrido por la víctima. También se consideraron declaraciones de testigos, entre ellas una paramédico que prestó auxilio en el lugar y una vecina que confirmó el mal estado previo del sector.

El fallo descartó los argumentos del municipio, que alegó falta de responsabilidad por desconocimiento del desperfecto, así como una eventual conducta imprudente de la afectada. El tribunal sostuvo que la entidad debía adoptar medidas para prevenir este tipo de situaciones y que no se acreditaron acciones de mantención ni señalización.

En definitiva, se ordenó el pago de $613.440 por concepto de daño emergente, correspondiente a gastos médicos, y $9.000.000 por daño moral, considerando el dolor, la hospitalización, el impacto en la autoestima y las consecuencias psicológicas derivadas del accidente. Además, se estableció que las sumas deberán pagarse con reajustes e intereses.

Finalmente, se indicó que no se condenó en costas al municipio, al estimar que existían motivos plausibles para litigar.

Cabe señalar que la causa fue apelada ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta. Mientras el municipio busca revertir el fallo, la demandante solicitó aumentar el monto de la indemnización y que se condene en costas, argumentando que la reparación fijada no sería suficiente frente a las secuelas sufridas.

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