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martes, 11 noviembre, 2025
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Región

Tras muerte de trabajador en Calama: prohíben funcionamiento de empresa donde ocurrió el accidente

La Seremi de Salud comunicó que no fue notificado por el empleador de lo sucedido, incumpliendo de esta forma la Ley 16.744, por lo que el establecimiento arriesga sanciones de hasta mil UTM.

La Seremi de Salud confirmó el inicio de una investigación y la prohibición de funcionamiento de la maestranza AICHELE de Calama, luego del accidente que le costó la vida de uno de sus trabajadores y provocó graves quemaduras a otros. 

Así lo dio a conocer el seremi de Salud, Alberto Godoy, quien detalló que el hecho implicó una explosión que tuvo lugar cuando los afectados pintaban las paredes internas de un camión aljibe de 30 mil litros.

Obligación de notificar 

Junto con lamentar la muerte del trabajador y las quemaduras que afectan a su compañero de labores, el seremi de Salud explicó que de acuerdo a la Ley 16.744, el empleador tiene la obligación de notificar inmediatamente cualquier accidente o enfermedad que pueda ocasionar incapacidad para el empleado o la muerte de la víctima, información que debe recibir la propia Seremi de Salud o la Inspección del Trabajo.

Godoy detalló que la notificación del citado evento no ocurrió y que la institución que dirige se enteró por una información de prensa emanada de un medio local.

Constitución 

El personero agregó que la Unidad de Salud Ocupacional de la Seremi de Salud se constituyó después de tres días de acaecidos los hechos por las razones indicadas y puesto que el área estaba siendo intervenida por la PDI, constatándose además y en la oportunidad, el hallazgo de importantes deficiencias asociadas a las condiciones de seguridad en el lugar de trabajo.

De acuerdo a los antecedentes preliminares, la explosión ocurrió en el contexto del recubrimiento de las paredes internas del camión, tarea que se efectuaba con pintura de esmalte sintético, siendo iluminado el espacio mediante luz led, alimentada por una extensión eléctrica.

Los antecedentes descritos podrían derivar en sanciones que, de acuerdo al Código Sanitario, podrían variar entre un décimo y las mil UTM. La empresa mantendrá prohibición de funcionamiento hasta que demuestre haber zanjado todas sus falencias.

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