La Contraloría General de la República estableció que las municipalidades no cuentan actualmente con facultades para dictar ordenanzas que fijen horarios de funcionamiento a barberías y peluquerías, luego de una consulta realizada por la Municipalidad de Conchalí respecto de una normativa aplicada por la comuna de Independencia.
A nivel local, dicho camino de resultar los horarios de las barberías y peluquerías fue implementado por la Municipalidad de Antofagasta en abril de 2026, estableciendo como límite generalmente a las 21:30 horas para mejorar la seguridad y el orden y cuyo incumplimiento podía derivar en multas de 3 a 5 UTM y riesgo de clausura.
Según el órgano contralor, si bien los municipios pueden dictar ordenanzas generales para la comunidad, estas deben ajustarse estrictamente al marco legal vigente y no pueden imponer exigencias adicionales a las contempladas por la ley.
En ese sentido, Contraloría recordó que la única actividad económica respecto de la cual los alcaldes, con acuerdo del concejo municipal, pueden fijar horarios de funcionamiento corresponde a los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas.
Municipios deberán adecuar sus ordenanzas
El dictamen señala que aquellos municipios que cuenten con normativas similares deberán adoptar las medidas necesarias para dejarlas sin efecto o adecuarlas a la legislación vigente.
No obstante, Contraloría precisó que las municipalidades sí mantienen atribuciones para fiscalizar que los locales cuenten con patente comercial, que no excedan el giro autorizado y que se adopten medidas frente a eventuales irregularidades.
Nueva ley podría abrir una puerta desde agosto
El organismo también abordó la entrada en vigencia de la Ley N° 21.802, prevista para el 12 de agosto de 2026, que fortalece el rol municipal en materia de seguridad pública y prevención del delito.
Con esa norma, los municipios podrán desarrollar estrategias de prevención social, comunitaria y situacional del delito. En ese marco, una eventual regulación de horarios podría evaluarse caso a caso, siempre que esté debidamente fundada en riesgos concretos para la seguridad pública y ajustada a la realidad local de cada comuna.











