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lunes, 30 junio, 2025
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Política

Concejales de Antofagasta recurren a Contraloría por cuestionada búsqueda de firmas para candidatura de Velásquez

Ediles denuncian que el alcalde pidió a su círculo de confianza conseguir 70 firmas cada uno para inscribir su candidatura en el Servel. Para ello, desde su equipo habrían solicitado apoyo a otros funcionarios municipales, presuntamente en horario laboral, lo cual a juicio de los concejales podría configurar una falta administrativa.

Ocho de los diez concejales de Antofagasta han recurrido a la Contraloría Regional de Antofagasta por la polémica búsqueda de firmas para la candidatura como independiente del alcalde Jonathan Velásquez. 

En el documento -firmado por Camilo Kong, Ignacio Pozo, Karina Guzmán, Waldo Valderrama, Luis Aguilera, Roberto Jorquera, Norma Leiva y Natalia Sánchez- se expone que el jefe comunal habría instruido a su círculo de confianza conseguir 70 firmas cada uno para inscribir su candidatura en el Servicio Electoral (Servel). 

“Que, atendida esta instrucción por parte de de los funcionarios de confianza, algunos habrían potencialmente utilizado sus cargos y estamento funcionario, para pedir, potencialmente en horario laboral -se desconoce si con celulares fiscales- dichos patrocinios”, sostienen. 

Dichos mensajes habrían sido enviados por periodistas y un chofer del equipo de Jonathan Velásquez a otros funcionarios municipales. Según la denuncia, una de ellas incluso habría llamado a una funcionaria para recriminarle por haber denunciado estos hechos, una vez fueron conocidos por la opinión pública. 

“El alcalde me pidió juntar firmas para que pueda repostularse, ¿me podría ayudar? Es solo para que se re postule, no compromete el voto, es en el link de Servel. Solo necesitas la clave única. Al finalizar me envías un pantallazo por favor”, reza uno de los cuestionados mensajes, enviado a las 3 de la tarde. 

Principalmente, los concejales piden tener en consideración el artículo 19 de la Ley 18.575 que señala que “el personal de la Administración del Estado estará impedido de realizar cualquier actividad política dentro de la Administración”. 

“Por lo tanto, el funcionario público, en el desempeño de su cargo, no puede realizar actividades ajenas al mismo, como son las de carácter político contingente, ni tampoco valerse de ese empleo para favorecer o perjudicar a determinada candidatura, tendencia o partido político”, fundamentan. 

En la misma ley, pero en el artículo 4, se advierte que contraviene la probidad administrativa el “ejecutar actividades, ocupar tiempo de la jornada de trabajo o recursos del organismo en beneficio propio o para fines ajenos a los institucionales”. 

Además, los ediles sostienen que según la letra h) del artículo 82 de la ley N° 18.883, sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, está prohibido que los funcionarios realicen cualquier actividad política dentro de la administración del Estado o que usen su autoridad, cargo o bienes de la municipalidad para fines ajenos a sus funciones. 

Así las cosas, solicitan a la Contraloría Regional de Antofagasta que se revisen estos hechos pues, a su juicio, configuran potencialmente una falta administrativa. 

 

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