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viernes, 11 octubre, 2024
Tribunal mantuvo la prisión preventiva

Fiscal descartó que existiera colaboración sustancial de imputados por causa Democracia Viva

En la audiencia, Cristian Aguilar manifestó que la defensa de Contreras invocó como atenuante la colaboración sustancial, ya que el exseremi proporcionó una versión de descargo en la que se considera inocente. “¿Eso es colaboración sustancial? Sin perjuicio de que ese es un tema de fondo que tiene que apreciar el tribunal oral en su oportunidad, lo descartamos. Acá no hay ningún tipo de asistencia o colaboración al esclarecimiento de los hechos, lo que está haciendo el señor Contreras es dar una versión que en definitiva justifica su falta de responsabilidad penal en estos hechos y eso no es ningún tipo de colaboración”, dijo el persecutor en el Tribunal de Garantía.

El fiscal Cristian Aguilar descartó la colaboración sustancial y la idea de la presentación de “nuevos antecedentes” que argumentaron las defensas de Carlos Contreras (exseremi de Vivienda) y Daniel Andrade (exrepresentante legal de la ONG Democracia Viva). Durante la audiencia desarrollada el martes, los imputados pretendían modificar la prisión preventiva por una cautelar de menor intensidad. Sin embargo, la apreciación fue compartida por el Tribunal de Garantía de Antofagasta, que no encontró nuevos elementos para evaluar un cambio y determinó mantener la privación de libertad para los imputados en la causa por Democracia Viva, quienes ya registran dos meses como internos en la Cárcel Concesionada de Antofagasta.

El persecutor consideró que todos los datos entregados por Contreras, respecto de que los convenios entre la fundación y la Seremi de Vivienda fueron conocidos por otras autoridades, no representan información nueva ni tampoco resulta sustancial para el desarrollo de la investigación.

La audiencia se extendió por casi cinco horas en el juzgado de calle San Martín y las defensas expusieron una serie de datos que ya habían sido conocidos por los medios de comunicación. “Los únicos antecedentes nuevos son la declaración (de Contreras), en tres sesiones. Estas comunicaciones que son posteriores a la comisión de los delitos, los primeros días de junio con la autoridad, en qué modifican lo que ya resolvió. Los antecedentes nuevos que han invocado ya estaban, habían sido considerados y resulta que nos encontramos discutiendo, la fiscalía se está esforzando en argumentar al tribunal respecto a delito continuado, la calificación jurídica y todo eso no es ningún antecedente nuevo”, contestó Aguilar.

El fiscal jefe de Antofagasta también manifestó que la defensa invocó como atenuante para la revisión de la prisión preventiva la colaboración sustancial, porque Contreras proporcionó una versión de descargo en la que se considera inocente. “¿Eso es colaboración sustancial? Sin perjuicio que ese es un tema de fondo que tiene que apreciar el tribunal oral en su oportunidad, lo descartamos. Acá no hay ningún tipo de asistencia o colaboración al esclarecimiento de los hechos, lo que está haciendo el señor Contreras -a través de su versión totalmente razonable por lo demás- no estoy criticando eso, es que da una versión que en definitiva justifica su falta de responsabilidad penal en estos hechos y eso no es ningún tipo de colaboración. Por lo tanto, entendemos que no corresponde que sea considerado por el tribunal y pedimos que se mantenga la prisión preventiva respecto del señor Contreras”, afirmó.

Sobre la presentación realizada por la defensa de Daniel Andrade, el persecutor señaló al tribunal que el exmilitante de Revolución Democrática incorporó como antecedente nuevo, desde que se discutió la prisión preventiva, un informe pericial contable. A ello sumó la declaración de Carlos Contreras, un informe psicológico relacionado con la situación de una pariente y un informe psicológico de Gendarmería a Andrade elaborado una vez que fue éste ingresó a prisión.

“Después que nos da cuenta de esos antecedentes nuevos, (la defensa) empieza a analizar todos los antecedentes de nuevo y va paso por paso diciendo por qué no se configura el delito, por qué no tiene participación el señor Andrade, por qué estos hechos no son constitutivos de delitos, por qué el señor Contreras no cometió delito alguno y en consecuencia el señor Andrade tampoco, por qué esto no es administración desleal. En definitiva, todos estos argumentos ya fueron esbozados y debatidos, o al menos existió la oportunidad para su debate, en la audiencia anterior”, cuestionó Aguilar.

Para la situación de Andrade, el fiscal de invoco como argumentación todo lo que había indicado respecto de Contreras y agregó que no se ha desconocido la existencia de comunicaciones en las que el Serviu solicita autorización a la autoridad central para que se realicen las transferencias de fondos en el caso de los 200 y 170 millones de pesos. “Lo que estamos diciendo es que el señor Contreras eligió a la fundación Democracia Viva para ser favorecida con estos dos tratos desde el momento en que la invitó. Y luego consiguió, por su intermediación, que se reasignaran esos fondos a dos fundaciones por resolver y después, el mismo instruyó que se resolviera que era Democracia Viva la que tenía que ser favorecida, lo que nos consta con el correo que invoqué en su oportunidad a través de Paz Fuica (concejala RD también en prisión preventiva), junto con las otras tres fundaciones que él mismo había invitado”, detalló.

Además, el persecutor precisó que el mismo exseremi pidió la reasignación por el tercer convenio para favorecer directamente de Democracia Viva por 56 millones de pesos, careciendo de cualquier facultad para esos efectos conforme a las mismas normas administrativas que rigen el actuar del Programa de Asentamientos Precarios.

“Colaboración sustancial. El señor Andrade entregó su teléfono y su notebook, pero había autorización judicial para estos fines, que fue ejecutada por personal de la Bridec en su oportunidad en la Región Metropolitana. Si bien es cierto ha proporcionado antecedentes vinculados a la contabilidad, se trata de información que la fiscalía habría obtenido igualmente con la autorización del tribunal. Entonces, colaboración sustancial, sin perjuicio de que sea una materia de conocimiento del tribunal oral en el fondo, no existe de parte de la fiscalía”, afirmó.

Para Aguilar, lo aportado en la audiencia no representó ni la entrega de nuevos antecedentes ni tampoco una colaboración sustancial y así fue como solicitó que se mantuviera la medida cautelar de prisión preventiva, petición concedida por el Tribunal de Garantía de Antofagasta.

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