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viernes, 19 abril, 2024
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«Ley de teloneros»: Amplio respaldo al fomento de la música chilena

Sala visó el proyecto que promueve la participación de artistas chilenos en conciertos y eventos musicales en Chile y quedó en condiciones de cumplir su tercer trámite.

Con un cerrado respaldo la Sala aprobó el proyecto sobre fomento de la música chilena, para establecer los requisitos que deben cumplir los conciertos y eventos musicales que se presenten en Chile.
El proyecto de ley, iniciado en Moción de la Cámara de Diputados, entre cuyos autores se encuentran los actuales senadores Isabel Allende, Alfonso De Urresti y Carlos Montes, tiene por objeto modificar la ley sobre fomento de la música chilena, definiendo lo que se debe entender por conciertos y eventos musicales de carácter masivo, estableciendo los requisitos que han de cumplir para que puedan presentarse en nuestro país.
En la oportunidad, intervinieron los senadores Juan Ignacio Latorre, Ena Von Baer, Yasna Provoste, Ricardo Lagos Weber, Alejandro Guillier, Isabel Allende y Luz Ebensperger , quienes destacaron la importancia de esta iniciativa que promueve el desarrollo y el acceso de los bienes culturales.
El senador Latorre,  dio cuenta de los principales aspectos de la iniciativa que regula los espectáculos musicales de carácter masivo con la finalidad de promover el desarrollo de la música y los artistas nacionales y de facilitar el acceso a ellos a todo el público interesado en asistir. Además señaló que «desde la Sociedad Chilena de Autores e Intérpretes Musicales (SCD) se valora esta iniciativa legal, ya que de alguna manera se hace cargo de los problemas de visibilización del trabajo que realizan».
La senadora Von Baer valoró el hecho que también se incorpore “la perspectiva regional, porque no solo se está hablando de teloneros que sean nacionales, sino de promover también el talento regional”. Añadió que el único punto donde hubo diferencia fue en las sanciones para los que no cumplieran “para nosotros era suficiente que no se les entregue la exención de impuesto, pero primó el criterio de incorporar además la multa, lo que de alguna manera nos parece una doble sanción”.
A su turno, el senador Lagos Weber, destacó que “esta iniciativa es la continuación de una anterior conocida como el “20 por ciento de la música chilena”que, creo ha probado ser una contribución real a la cultura chilena, al fomento de la música, a creer un poco más en lo nuestro, y generar un espacio en un mundo muy complejo. Ahora se avanza en regular el tema de los impuestos, se regula el tema del número de los asistentes y otros requisitos”.
A su vez, la senadora Ebensperger destacó el alto consenso que existe en torno al fomento de la música chilena. Asimismo descartó que existan diferencias u otras intenciones frente a las posturas distintas sobre una eventual doble sanción. “Aquí también se ha dicho que este proyecto lleva largos años en discusión. Por lo tanto, no se pueden atribuir intenciones a este Gobierno, que lleva tan solo un año y medio gobernando y, al revés ha sido el que ha impulsado esta iniciativa”.
La votación fue seguida desde las tribunas por destacados artistas y compositores nacionales, tales como,Gloria Simonetti, Rodrigo Osorio, Mario Rojas, Patricio Salazar, Magdalena Matthey, Elizabeth Morris, Sergio Tilo González, Paula Urriola, Juan Antonio Durán y Carmen Prieto.

“De los conciertos y eventos musicales masivos”.

El nuevo artículo 16 determina qué se entenderá por conciertos y eventos musicales de carácter masivo estableciendo que es aquel que congrega a más de seiscientas personas, excluyendo festivales y celebraciones municipales.
El nuevo artículo 17 establece que estos eventos deberán cumplir los siguientes requisitos:
– Las preventas dirigidas a un público exclusivo o preferencial, por un tiempo determinado, no pueden ser superiores a un 50 por ciento del porcentaje total de entradas disponibles.
– Se deberá contar en el recinto del evento con espacios reservados para personas en situación de discapacidad.
– Los artistas extranjeros beneficiados con exención de IVA deberán contemplar al menos un telonero chileno. En caso de que el evento se realice en una región del país deberá propender a que el telonero sea de aquella región.
– La empresa productora será responsable de la limpieza y el aseo del evento.
– Se contempla una multa en caso de infracción al primer, segundo y último requisito contemplado en este artículo.

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