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lunes, 29 abril, 2024
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Columna de opinión

Reflexiones desde el Consejo Constitucional: El ovillo y dos puntas

"Deberían acogerse o tener en cuenta los estudios empíricos universitarios, tan imprescindibles para tomar decisiones en este texto tan fundamental, como la experiencia de aquellas personas que han servido al Estado en altas responsabilidades. A nuestro país, como se ha recordado, todos y todas deben contribuir, nadie sobra en contribuir con ideas a mejorar nuestra convivencia y avanzar hacia el sueño de la felicidad pública como anhelaban nuestros próceres": José Antonio González Pizarro, Consejero Constitucional

En las sesiones plenarias correspondientes al capítulo 2 del Anteproyecto que concierne a derechos civiles, económicos y sociales, hemos hallado que, cuando pensamos que hemos descubierto la punta del ovillo o de la madeja del texto, nos hemos tropezado con la otra punta que debería conducirnos al mismo centro; empero, no ha sido así, dado que no tiene considerado, desde otra redacción, el mismo alcance que habíamos descartado. En esas discusiones hemos intervenido, tanto en las jornadas matinales como vespertinas, haciendo notar ciertas inconsistencias de las enmiendas republicanas.

Quiero referirme a tres aspectos debatidos. Uno de ellos,  fue la discusión sobre el derecho de objeción de conciencia que debe acompañar a toda persona. Siempre ha sido considerado un derecho individual. Son las personas las que tienen conciencia y no las instituciones. Se ha apelado que nuestra legislación la concibe. Precisamente, en las negociaciones legislativas en torno al derecho de aborto en tres causales, para su aprobación legal, después de sortear un recurso de inconstitucionalidad, en el año 2018 se debió transar que el derecho de conciencia se ampliaba a las instituciones. Así, por ejemplo, una clínica no pública puede aducir este derecho. Tal como le lee, cuando sí, sería plausible que los galenos o enfermeras que trabajen en ella, puedan acudir a este derecho para no intervenir en una operación abortiva, pero nos encontramos que una institución erige el derecho de conciencia institucional para no seguir los lineamientos de política pública de salud en tal materia, basada en la legislación en referencia. Aun cuando el Contralor General de la Republica, ese mismo año 2018, ha considerado no admisible acogerse a tal derecho en instituciones hospitalarias públicas ni municipales.

Argumentamos que, desde Santo Tomas de Aquino, en la Summa Teológica, se defendió el derecho de conciencia como el derecho de intimidad o del corazón. Siempre en el derecho natural referido a las personas. Incluso en la Constitución de 1828, artículo 4, para defender la libertad de creencia y de conciencia, José Joaquín Mora, indicó que nadie debía ser perseguido por sus opiniones personales. Que en nuestra realidad legislativa se haya promulgado un derecho de conciencia individual e institucional, constituye una rareza en el mundo occidental. Durante la dictadura se argumentó sobre la noción “democracia protegida”. Otra curiosidad de antología jurídica. Sin embargo, el derecho de conciencia individual e institucional ahora tiene rango constitucional. Se hizo ver por otros consejeros, como Aldo Valle, que se ponía en riesgo el estado de derecho, pues cualquiera podía escudarse bajo tal derecho para desobedecer las reglas del Estado. En la contra argumentación, se ha aducido en la libertad de los cuerpos intermedios de la nación. No obstante, las argumentaciones, fue aprobado por la mayoría que tiene la bancada unida de la derecha.

Otro aspecto fue la controversia sobre la exención de las contribuciones para la primera vivienda. Los estudios, tanto económicos, donde ex ministros de la administración del presidente Sebastián Piñera, como Ignacio Briones o Felipe Larraín, donde agregamos en nuestra participación el sesudo estudio empírico dirigido por el Dr. Dusan Paredes, de la Universidad Católica del Norte, como jurídicos, ejemplificado en la presentación del miembro de la Comisión Experta, Sebastián Soto, de Evópoli, mostraron el fuerte daño para los ingresos del Estado como fundamentalmente para los municipios. El argumento contrario refirió que lo perdido por el municipio, en favor del propietario del inmueble, lo subsanaba el Estado. La contradicción es que dentro de la visión neoliberal que predomina en la bancada de derecha, subir impuestos o contribuciones no es su horizonte en la política macroeconómica: entonces, la pregunta es, ¿se piensa gravar a las familias chilenas para compensar lo que no se tributó como contribuciones? Nada valieron las argumentaciones derivadas de estudios y exposiciones de personas que ejercieron responsabilidades de estado en los ministerios de Hacienda: el articulado fue aprobado.

Un tercer aspecto, ha sido la disminución del número de parlamentarios y, con ello, el redistritaje. El tema es álgido. Habrá que reconocer que los parlamentarios- y las instituciones de la Cámara de Diputados y el Senado- tienen bajo nivel de aprobación.

Además, se suma la inquietante fragmentación política con el surgimiento de numerosos partidos políticos pequeños que constituyen un obstáculo para una buena gobernabilidad del país. Incluso se ha argumentado que lo que se ganó en representación se perdió en gobernabilidad. La disminución a 138 diputados, conjuntamente con el umbral del 5% para la legalización de los partidos políticos, conlleva la revisión de los distritos electorales. Se ha estimado un número que va de 3 a 6 representantes, lo que significa la reforma de los distritos, a cargo del Servel. A mi juicio, estando de acuerdo con el umbral del 5% para la existencia legal de un partido político que, en la transición podrá fusionarse con otro/os de afinidad ideológica, para afrontar las elecciones, me preocupan dos aspectos, que manifesté en mis intervenciones en el Consejo.

Lo primero, a la subordinación de los independientes ante los partidos políticos, dado las acciones de éstos en la Convención, a los que se les imputa la anomia y falta de orientación; no obstante, no habrá que olvidar que los partidos políticos tampoco gozan del favor popular. Son piedras fundamentales de la arquitectura democrática pero, como advirtió el sociólogo Robert Michels, en el siglo XX, la oligarquía, la burocratización y la disonancia con sus bases, conllevó a su crisis y al surgimiento de los movimientos sociales.

Lo segundo, es necesario revisar de modo pertinente la noción demográfica que debe contener los nuevos distritos, dado que el artículo 54 inciso 3 del Anteproyecto dice que la representación según “la población del territorio electoral” y el texto de la Comisión señala, “según la población”. Y esto también, refiere el artículo 55, se deberá determinar el número de senadores, las circunscripciones senatoriales. Es necesario que los distritos, en general, refieran de cierta homogeneidad de los sujetos sociales, la actividad productiva y el paisaje, y no de manera arbitraria, por otras consideraciones, agrupaciones de localidades que no guarden ciertas identidades. Recordemos que, entre 1879 y 1888, Antofagasta al no contar con una población suficiente, solo pudo elegir un diputado. Para la sumatoria demográfica, se anexó el departamento de Taltal que pertenecía a la provincia de Atacama. Y pudo contar con un senador. Taltal, tenía actividad salitrera, el mismo paisaje y el sujeto social.

Siempre es necesario para una representación auténtica esta concordancia. Y esto se extiende a otras materias. Un ejemplo: las causas mineras-salitreras- se veían en su segunda instancia en la Corte de La Serena. Se corrigió con la  Corte de Tacna. Todas estas no dieron el conocimiento en sus ministros para entender-según la Corte Suprema- de las causas mineras: se trasladaron a la Corte de Apelaciones de Iquique, que tuvo a su cargo hasta 1966 ver tales materias, cuando se erigió la Corte en Antofagasta.

Son las materias que, por el bien de país, deberían acogerse o tener en cuenta los estudios empíricos universitarios, tan imprescindibles para tomar decisiones en este texto tan fundamental, como la experiencia de aquellas personas que han servido al Estado en altas responsabilidades. A nuestro país, como se ha recordado, todos y todas deben contribuir, nadie sobra en contribuir con ideas a mejorar nuestra convivencia y avanzar hacia el sueño de la felicidad pública como anhelaban nuestros próceres.

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